Una clasificación muy importante que
establece tanto la NIC 21 como la NRV 11º del PGC es la distinción entre
partidas monetarias y no monetarias.
o
Partidas monetarias: son contratadas
inicialmente en la moneda propia o extranjera y cuya extinción dará lugar a un
cobro o un pago en una moneda distinta de la propia. Incluye tesorería y,
activos y pasivos que se vayan a recibir o a pagar con una cantidad determinada
o determinable de unidades monetarias. Éstos incluyen inversiones en renta
fija, derechos de cobro de cualquier clase y obligaciones de pago.
o
Partidas no monetarias: partidas contratadas
inicialmente en moneda extranjera y cuya extinción no se espera que se realice
en una moneda distinta de la propia. Comprende, inmovilizados materiales,
inversiones inmobiliarias, inmovilizado intangible (fondo de comercio también),
las existencias, anticipos a cuenta de compras o ventas y las inversiones
financieras en títulos de renta variable. Los fondos propios tienen la
consideración de partida no monetaria.
Podemos observar la clasificación de
forma esquemática en el siguiente gráfico.
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