El fondo de comercio es la
diferencia entre lo que se paga y el valor razonable de lo que se compra como
consecuencia de una combinación de negocios. El valor razonable de lo comprado
como consecuencia de una combinación de negocios será, lógicamente, la diferencia
entre los activos adquiridos menos los pasivos asumidos.
Este fondo de comercio supone un
activo para la empresa que ha pagado por él. Sin embargo, una empresa nunca
podrá reconocer su propio fondo de comercio ya que éste surge siempre como consecuencia
de una adquisición onerosa. Si no existe adquisición onerosa, el fondo de
comercio no podrá ser reconocido ya que no cumplirá el principio de fiabilidad
de la valoración imprescindible en la contabilidad.
Por otro lado, este fondo de
comercio representa los rendimientos económicos futuros que la empresa espera
recibir como consecuencia de la adquisición, es decir, cumple el segundo
principio de registro y valoración de la contabilidad, el principio de
relevancia.
El caso de que el pago sea una
cantidad inferior al valor razonable de lo adquirido, este fondo de comercio
será negativo y representará un ingreso para la sociedad adquiriente ya que
está comprando algo por debajo de su valor. En cualquier caso, deberá revisarse
concienzudamente el valor de lo recibido ya que puede haber activos
sobrevalorados o pasivos ocultos porque, en general, nadie vende algo por
debajo de su valor de mercado.
Veamos ahora un ejemplo sencillo
de cálculo del valor del fondo de comercio.
Una empresa adquiere el 60% de Z
por 1000€. La empresa adquirida tiene activos por valor de 2000€ y deudas por
1500€ siendo el valor del capital social más las reservas de 500€. La solución
se muestra en el siguiente cuadro.
Precio pagado
|
1000
|
Valor Razonable de lo adquirido
|
0,6*500=300
|
Fondo de comercio
|
700
|
La solución es bastante sencilla
aunque nadie debe de caer en el error de pensar que se adquiere el valor total
del capital social más las reservas, es decir, los 500€, sino que se adquiere
el 60% de ese capital social más las reservas correspondientes.
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